Triunfo sindical: la Justicia suspende casi todos los artículos de la reforma laboral impulsada por Milei
Con esta decisión, la Justicia no solo frena la puesta en marcha de la reforma laboral libertaria, sino que establece un precedente sobre la protección de derechos históricos de los trabajadores frente a cambios legales que podrían desmantelar la negociación colectiva y reducir la cobertura de seguridad social.

La Justicia laboral le dio un fuerte respaldo a la CGT al suspender este lunes la aplicación de la mayor parte de la controvertida reforma laboral aprobada por el Congreso bajo la gestión de Javier Milei.
El juez Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado del Trabajo N° 63, ordenó la suspensión de 82 artículos de la norma hasta que se resuelva la cuestión de fondo, señalando riesgos de afectación irreversible a derechos laborales consagrados en la Constitución.
Entre las disposiciones frenadas se encuentran la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a financiar indemnizaciones por despidos con recursos de la ANSES, las restricciones al derecho a huelga, la derogación de la Ley de Teletrabajo y la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos. También quedaron suspendidos los artículos que excluían a trabajadores de plataformas del marco legal laboral y los que modificaban criterios de cálculo de indemnizaciones, como la exclusión del aguinaldo.
El magistrado advirtió que el FAL “no evitaría ni repararía despidos injustificados” y que su financiamiento podría comprometer fondos de la Seguridad Social. Además, objetó la ampliación de los servicios mínimos en huelgas, que incluía una categoría de “actividades de importancia trascendental”, afectando de hecho la posibilidad de ejercer el derecho de huelga en múltiples sectores económicos.
El fallo reconoce la legitimidad de la CGT para actuar en representación de los trabajadores y destaca que la reforma contenía “modificaciones peyorativas y permanentes” que vulneraban derechos fundamentales como la libertad sindical y la protección frente al despido. En términos jurídicos, el juez fundamentó la cautelar en el riesgo de daños irreparables ante la ejecución inmediata de normativas que podrían luego ser declaradas inconstitucionales.
