22 de junio de 2026

Misiones: Justicia condenó a dirigentes docentes por protestar y genera rechazo sindical

La condena, que también incluye tareas comunitarias, se basa en acusaciones de desobediencia judicial y obstrucción del tránsito durante una manifestación que, según los propios sindicatos, tuvo carácter asambleario y autoconvocado, y no de liderazgo formal.

Ph: Infogremiales

La Justicia de Misiones dictó una polémica sentencia que condena a dos dirigentes docentes, Mónica Gurina y Leandro Sánchez, a 10 y 8 meses de prisión en suspensión, respectivamente, por su participación en el acampe y protestas de 2024 en Posadas.

El fallo, emitido por la jueza Marcela Leiva, generó un fuerte rechazo en el ámbito sindical y entre los movimientos sociales. La CTA Autónoma y diversos sindicatos docentes no oficialistas anunciaron un paro provincial de 24 horas para este jueves 27 y preparan una movilización al Palacio de Justicia el próximo lunes 1 de diciembre, cuando se darán a conocer los fundamentos de la sentencia. La defensa de los dirigentes anticipó que apelarán la condena en todas las instancias, incluso a nivel internacional, argumentando que no existen pruebas concluyentes que los responsabilicen por la conducción de la protesta.

Desde la CTA Misiones, se cuestionó la solidez de la acusación, señalando que la fiscalía basó su caso en testimonios policiales que, según afirman, no respaldan la acusación de liderazgo y que el proceso judicial no consideró el carácter colectivo y democrático de la movilización. La central sindical sostuvo que la condena podría sentar un peligroso precedente para la criminalización de la protesta social en Argentina.

Los hechos por los cuales se los juzga ocurrieron en el contexto de una serie de protestas multisectoriales en la provincia, motivadas por reclamos salariales y condiciones laborales en los sectores de educación, salud y seguridad, que en 2024 movilizaron a gran parte de la ciudadanía y generaron cortes de ruta y acampes en distintas localidades.

El proceso judicial se centró en la supuesta desobediencia a una orden judicial de despejar la avenida Uruguay, donde se realizó el acampe. La fiscalía afirmó que la intención no era criminalizar la protesta, sino sancionar los hechos considerados delitos durante la manifestación. Por su parte, la defensa argumentó que no existen pruebas que acrediten que Gurina y Sánchez hayan liderado la protesta, resaltando que el conflicto fue multisectorial y que las movilizaciones culminaron con un acuerdo con el gobierno provincial que garantizó el respeto por el derecho a la protesta sin sanciones.

En la última audiencia, Sánchez expresó a la jueza Leiva: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos que no soportan la injusticia”. Además, advirtió que una condena de este tipo podría abrir las puertas a que más trabajadores y docentes sean criminalizados por ejercer su derecho a manifestarse, sentando un posible antecedente de gravedad a nivel nacional.

La sentencia, conocida dos horas después de la audiencia, abre un nuevo capítulo en la lucha por el derecho a la protesta en Argentina y plantea un debate sobre los límites y la criminalización de los movimientos sociales en momentos de conflicto laboral y político. Mientras tanto, las organizaciones sindicales y sociales continúan movilizadas y preparan nuevas acciones en defensa de los derechos colectivos.

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