Pedidos Ya deberá reconocer los derechos laborales de los repartidores
La disputa entre Repartos Ya S.A., vinculada a la plataforma Pedidos Ya, y el Ministerio de Trabajo bonaerense suma un nuevo capítulo judicial que fortalece el reconocimiento de derechos laborales para los trabajadores de aplicaciones.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal presentado por la empresa y dejó firme, en lo sustancial, el criterio que había avalado las actuaciones de la autoridad laboral respecto de 62 repartidores. El conflicto se originó en inspecciones realizadas en 2020, cuando fueron relevadas 71 personas que realizaban tareas de reparto.
La empresa reconoció como trabajador dependiente solamente a uno y sostuvo que otros 62 eran prestadores autónomos. Tras detectar incumplimientos, el Ministerio de Trabajo impuso una multa de $17.690.400 correspondiente a 70 repartidores.
Un fallo que cuestiona la idea del “trabajador autónomo”
El pronunciamiento judicial refuerza una discusión central de la economía de plataformas: hasta qué punto una empresa puede presentar como independientes a quienes realizan tareas que, en los hechos, forman parte de su actividad habitual.
En noviembre de 2021, el Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata ya había rechazado la apelación empresarial y considerado que Repartos Ya no había logrado desvirtuar la presunción de una relación laboral respecto de los trabajadores cuya prestación había reconocido. La Suprema Corte bonaerense confirmó sustancialmente ese criterio el 9 de abril de 2026 y, posteriormente, el 5 de agosto rechazó el intento de llevar la cuestión a la Corte Suprema de la Nación.
La disputa todavía no terminó
El fallo no cierra completamente el expediente. La situación de otras ocho personas, respecto de las cuales la empresa negó cualquier vínculo laboral, deberá ser revisada por el Tribunal del Trabajo con una nueva integración y podría modificar el monto definitivo de la sanción. Sin embargo, el núcleo de la resolución ya constituye un límite al argumento de que la innovación tecnológica permite desligar a las plataformas de las obligaciones laborales tradicionales.
El caso plantea una discusión que excede a Pedidos Ya: si las nuevas formas de organización del trabajo pueden utilizarse para reducir costos empresariales trasladando los riesgos y la falta de protección a quienes dependen de esos ingresos. Como sostuvo el ministro de Trabajo bonaerense, Walter Correa, la transformación tecnológica no debería traducirse en una pérdida de derechos laborales.
