Se modifica la tabla de incapacidades laborales: el nuevo sistema regirá desde 2026
El cambio, formalizado a través del Decreto 549/2025, se aplicará a partir de febrero de 2026 y marcará un giro en cómo se determinan las secuelas derivadas de accidentes y enfermedades profesionales.

El Gobierno nacional dio un paso clave en la reconfiguración del sistema de riesgos del trabajo con la aprobación de una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, que reemplaza la normativa vigente desde 1996.
La reforma, avalada por unanimidad en el Comité Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (CCP), fue presentada por el presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. Según el texto oficial, el objetivo es adaptar los parámetros a los avances científicos y tecnológicos, reducir la discrecionalidad en las pericias médicas y dotar al sistema de mayor objetividad, previsibilidad e igualdad ante situaciones similares.
El impacto será transversal: trabajadores, empleadores, aseguradoras, organismos judiciales y médicos peritos deberán ajustarse a un nuevo marco técnico. A diferencia del modelo anterior, la nueva tabla elimina los intervalos de valoración (que solían permitir márgenes interpretativos), y fija porcentajes estrictos para cada tipo de secuela en distintas especialidades, desde traumatología hasta psiquiatría.
Además, se incorporan factores de ponderación como la edad del trabajador, su actividad habitual y la posibilidad real de reubicación laboral, lo que introduce una mirada más integral y funcional sobre el daño. También se establecen tablas específicas para evaluar discapacidades visuales y auditivas, validadas por organismos médicos nacionales e internacionales, lo que refuerza el carácter científico del nuevo sistema.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) tendrá un rol central en la implementación: dictará normas complementarias, formará a peritos y coordinará la difusión de los nuevos criterios. Se buscará también la articulación con las provincias a través de la conformación de Cuerpos Médicos Forenses, en línea con lo previsto por la Ley 27.348, para evitar la fragmentación del sistema y lograr uniformidad en los dictámenes en todo el país.
Uno de los aspectos más innovadores es la prohibición de estudios invasivos para valorar las secuelas, lo que busca proteger la integridad del trabajador durante las pericias. Asimismo, se establece que la remuneración de los peritos médicos no podrá estar vinculada al monto del juicio, en un intento por reducir eventuales sesgos económicos en los informes periciales.
Aunque la entrada en vigencia se fijó para febrero de 2026, la transición ya comenzó. Todos los casos no resueltos para ese momento, sin importar la instancia administrativa o judicial en la que se encuentren, se evaluarán con el nuevo criterio. Este punto podría generar tensiones, especialmente en litigios en curso donde las expectativas de resarcimiento podrían variar significativamente con la nueva tabla.
La actualización de una normativa que rigió durante casi tres décadas representa una reingeniería profunda del sistema de incapacidades. La clave estará en cómo se instrumente y en si logra el equilibrio entre reducir la litigiosidad, garantizar justicia a los trabajadores afectados y sostener la sustentabilidad del sistema. En una Argentina históricamente atravesada por disputas entre intereses sindicales, médicos, judiciales y aseguradoras, esta modificación es tanto un cambio técnico como una jugada política con efectos de largo alcance.
