Recuerdan el régimen de tenencia responsable de perros potencialmente peligrosos
Las disposiciones apuntan a preservar la integridad física de personas, bienes e incluso de otros animales.

En el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero, la Ley Nº 6973 establece el régimen para la tenencia de canes considerados eventualmente peligrosos.
En ese sentido, canes potencialmente peligrosos son aquellos ejemplares que hubiesen atacado anteriormente a personas u otros animales domésticos, muestren un comportamiento agresivo o hayan sido adiestrados para el ataque o defensa.
De tal modo, se consideran razas peligrosas a la Bull Terrier; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Dogo del Tibet; Fila Brasileño; Mastín Extremeño, Mastín Napolitano; Pitbull; Terrier y Rottweiler, entre otras.
La tenencia de este tipo de razas exige a su propietario, la observancia de las medidas pertinentes en lo que respecta al alberge en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida a la vía pública.
Asimismo, los perros considerados potencialmente peligrosos deben ser conducidos en espacios públicos, debidamente amarrados, con bozal y vigilancia permanente, de manera de reducir considerablemente la posibilidad de una agresión a personas, animales o cosas que se encuentren en las inmediaciones del lugar de residencia de dichos animales.
Por otra parte, quienes se dediquen a la crianza de los canes deben inscribirse en el registro correspondiente al sitio donde residen, a los efectos de llevar un control y resguardo, evitando así incidentes tanto para sus propietarios como para la comunidad en general.
Finalmente, debe consignarse que están excluidos de las disposiciones de la normativa, los pertenecientes a las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Policiales.
