La Justicia confirmó que el capítulo laboral del DNU 70/2023 está frenado
El Juzgado de Primera Instancia del Trabajo N°69 confirmó la suspensión del Capítulo Laboral del polémico Mega Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, emitido por el ex presidente Javier Milei a finales del año pasado. Esta determinación, que responde a una presentación realizada por la Unión Tranviarios Automotor (UTA), tiene un alcance nacional y afecta tanto a trabajadores como a empleadores en todo el territorio argentino.

El fallo, emitido con grado de certeza, establece que las disposiciones laborales contenidas en el mencionado DNU se encuentran suspendidas desde el 3 de enero de 2024 y permanecerán así hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el asunto en cuestión.
Además de esta importante resolución, el fallo judicial también incluye una solicitud para que la Secretaría de Transporte se abstenga de aplicar sanciones a las empresas que estén involucradas en el conflicto y que hayan incumplido con las disposiciones sindicales establecidas en el DNU suspendido.
Esta decisión judicial no solo tiene implicaciones legales, sino que también representa una derrota política para el Grupo DOTA, que había intentado forzar a sus choferes a prestar servicios incluso en medio de una huelga general. En un comunicado interno, la empresa había declarado la «importancia trascendental» de su actividad según lo dispuesto en el DNU 70/2023, amenazando con sanciones a aquellos empleados que se adhirieran a la medida de fuerza.
Sin embargo, esta postura ha sido revertida por el fallo judicial, que reconoce el derecho de los trabajadores a adherirse a la huelga sin temor a represalias y ordena a las empresas respetar dicha decisión sin penalizaciones económicas o laborales.
