28 de abril de 2026

AFA traslada su sede a Pilar y redefine su encuadre legal fuera de la órbita de la Inspección General de Justicia

La reubicación de la sede de la AFA funciona como un movimiento jurídico con consecuencias políticas: redefine quién controla al fútbol argentino y bajo qué reglas.

La decisión de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) de mudar su sede social al partido bonaerense de Pilar no constituye un mero cambio administrativo: implica una redefinición profunda de su encuadre jurídico y del organismo estatal encargado de su fiscalización.

La medida fue oficializada mediante la Resolución RESO-2026-1159 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, que aprobó la reforma estatutaria votada por unanimidad en la Asamblea General Ordinaria del 17 de octubre de 2024. Desde ahora, la sede legal funcionará en la calle Mercedes 1366 de Pilar, mientras que el predio deportivo “Lionel Andrés Messi” continuará en Ezeiza.

El punto central del movimiento no es geográfico sino institucional. Con la inscripción registral en territorio bonaerense, la AFA deja de estar bajo la órbita de la Inspección General de Justicia (IGJ), organismo nacional que ejercía el control de legalidad sobre la entidad en su anterior jurisdicción. La resolución provincial sostiene que admitir un doble contralor implicaría una superposición de competencias contraria al esquema federal previsto en la Constitución.

En términos prácticos, la fiscalización quedará exclusivamente en manos de la autoridad provincial. Esto modifica el equilibrio de poder en una entidad clave del deporte argentino, que no solo administra competencias sino también contratos millonarios, derechos audiovisuales y relaciones institucionales de alto impacto económico y político.

El traslado se inscribe en un contexto de tensiones previas entre la dirigencia del fútbol y organismos nacionales de control. Desde esa perspectiva, la mudanza puede leerse como una estrategia para consolidar autonomía institucional y reducir márgenes de intervención externa.

Más allá del argumento formal sobre el federalismo, el cambio abre interrogantes sobre los estándares y alcances del nuevo esquema de supervisión. En una organización con fuerte gravitación pública, la discusión no se limita a la competencia territorial, sino a la transparencia, la rendición de cuentas y el modelo de gobernanza que regirá a partir de ahora.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *