El STJ definió modalidad de trabajo para jueces Civiles de Primera Instancia de Capital
El Acuerdo de Sala de Superintendencia, establece los aspectos centrales de la organización y funcionamiento del Fuero, conforme lo dispuesto por la Ley Provincial N° 7321, recientemente sancionada

El Superior Tribunal de Justicia, conforme a la nueva legislación y el nombramiento de magistrados para el Fuero Civil y Comercial, dispuso mediante Acuerdo de Sala de Superintendencia, el diseño de un «Programa especial de organización y distribución de las funciones de los magistrados y funcionarios».
La resolución del Alto Cuerpo establece que cuatro de los jueces civiles y comerciales, que ya se encontraban en funciones, continuarán en el sistema de conclusión de causas. En tanto, dispone que los cuatro flamantes magistrados, junto a dos de los actuales, integrarán el sistema de oralidad.
En tal sentido, la inserción de los cargos creados en la actual organización del Fuero Civil y Comercial, genera la necesidad de dictar normas reglamentarias para dar operatividad a los nuevos órganos judiciales, integrándolos a los Colegios de Jueces Civiles.
De tal modo, el Acuerdo determina el modo de reasignación de las causas en trámite, tanto en el Sistema de Conclusión de Causas como en el de Oralidad, priorizando la distribución y actual radicación de éstas en procura de evitar el dispendio administrativo y operativo que implicaría su migración.
Cabe destacar que el modelo de gestión adoptado mediante Acordada del 28 de febrero de 2019, propone trabajar con recursos, salas de audiencias y agenda común, para el desarrollo de la labor jurisdiccional de los magistrados, en aras de la reducción de los tiempos procesales, aumento en la tasa de resolución de causas y una disminución en la congestión de los estrados.
Sistema de conclusión de causas
Este sistema estará estructurado de la siguiente manera: Primera Nominación, Dr. Andrés Muratore; Tercera Nominación, Dra. Cecilia Paskevicius; Quinta Nominación, Dr. Luis Macías; Sexta Nominación; Dra Sonia Infante del Castaño.
Debe consignarse que este sistema, se integrará en forma progresiva al de oralidad de la siguiente forma; Primera y Tercera Nominación al Colegio de Jueces I; Quinta y Sexta Nominación al Colegio de Jueces II.
Régimen de subrogancia
Establece que los magistrados afectados al sistema de conclusión de causas, se reemplazarán sucesivamente por orden de nominación, en los supuestos de recusación, inhibición, licencia o vacancia. En caso de impedimento de todos ellos, serán reemplazados por los demás magistrados integrantes del Colegio I o el Colegio II, sucesivamente.
Sistema de oralidad
En lo que respecta al Colegio de Jueces Civiles I, los Dres. Susana Beatriz Piga, jueza de Séptima Nominación y Maximiliano Pernigotti, magistrado de Octava Nominación, junto con la Dra Alicia Brim, jueza de Segunda Nominación, integrarán el sistema de Oralidad, manteniendo el régimen de subrogancias previsto en el Acuerdo de fecha 28 de febrero de 2019.
En tanto, en el Colegio de Jueces II, los Dres. Lorna Luna Hernandez y Rómulo Alejandro Scarano, magistrados en lo Civil y Comercial de Novena y Décima Nominación, respectivamente, junto con el Dr. Sergio Santos, juez de Cuarta Nominación integrarán el sistema de Oralidad, manteniendo el régimen de subrogancias previsto.
Secretarías Judiciales
La Acordada dispone que cada Juzgado contará con dos Secretarías, que actuarán de manera indistinta de Proceso y Audiencias, las que se identificarán con los números 1 y 2 y atenderán los expedientes impares y pares respectivamente. Para ello, se dispone que las secretarias judiciales pasen a integrar el actual esquema.
Asimismo, cada Colegio de Jueces contará con un secretario administrativo, conforme el Acuerdo de fecha 28 de febrero de 2019.
Reasignación de causas de transición
Las causas radicadas ante la jueza de Segunda Nominación, se reasignarán en trámite por ante la Secretaría de Transición, a cargo de la Dra. Alicia Brim, de la siguiente forma: las causas cuyo número de expediente culmine en número impar, al Dr. Andrés Muratore, juez de Primera Nominación; los expedientes que culminen en número par, ante la Dra. Adriana Infante del Castaño, jueza de Sexta Nominación.
En tanto, las causas radicadas ante el juez de Cuarta Nominación, Dr. Sergio Santos, se reasignarán por trámite de la siguiente manera: expedientes cuyo último número sea impar, al juez de Quinta Nominación, Dr. Luis Ricardo Macías; las causas cuyo número de expediente culmine en número par a la jueza de Sexta Nominación, Dra. Sonia Infante del Castaño.
Reasignación de causas oralidad
En lo que refiere al Colegio de Jueces I, las causas radicadas ante el Dr. Andrés Muratore, juez de Primera Nominación, serán reasignadas en trámite a la Dra. Susana Beatriz Piga, jueza de Séptima Nominación.
En tanto, se reasignarán las causas en trámite radicadas ante la Dra. Cecilia Paskevicius, jueza de Tercera Nominación, al Dr. Maximiliano Pernigotti, magistrado de Octava Nominación.
En cuanto al Colegio de Jueces II, se reasignarán las causas en trámite radicadas ante el Dr. Luis Macías, juez de Quinta Nominación, a la Dra. Lorna Luna Hernández.
Asimismo, las causas radicadas ante la jueza de Sexta Nominación, Dra. Sonia Infante del Castaño, se reasignarán las causas en trámite al juez de Décima Nominación, Dr. Rómulo Alejandro Scarano.
Cabe destacar que los magistrados continuarán entendiendo en las causas mencionadas, con excepción de aquellas en las que se hubiere celebrado la audiencia de vista de causa o bien se encuentren convocadas hasta el 31 de octubre del corriente año.
Oficinas de Gestión de Audiencias del Fuero Civil y Comercial
Las mismas se identificarán como OGA del Fuero Civil y Comercial I y II, las que se conformarán con un director y subdirector que se reemplazarán entre si en caso de vacancia, ausencia e impedimento.
En ese sentido, las autoridades tendrán a su cargo entregar en soporte digital y a sola petición de los abogados parte, copia de la audiencia de vista de causa, cuando los expedientes se pongan para alegar sobre el mérito de las pruebas producidas.
