10 de agosto de 2026

Denuncian a Monteoliva y ponen bajo la lupa la represión frente al Congreso

La denuncia penal presentada por el abogado Gregorio Dalbón contra la ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, y contra el comisario inspector de la Policía Federal Gustavo Antonio Gauna coloca bajo análisis no sólo la actuación de un agente armado, sino la estructura de mando que diseñó, autorizó y ejecutó el operativo del 6 de agosto.

La protesta realizada frente al Congreso contra la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada dejó de ser únicamente un episodio de orden público para convertirse en un caso de fuerte impacto institucional.

El eje más sensible del expediente es la presunta participación de un funcionario policial vestido de civil, portando un arma larga y efectuando disparos durante la intervención. Las imágenes difundidas públicamente, según la presentación judicial, muestran una participación activa de un efectivo no uniformado en un procedimiento coercitivo, un dato que abre interrogantes sobre los protocolos aplicados y los mecanismos de identificación y control interno de las fuerzas federales.

La denuncia no se limita a cuestionar una conducta individual. Busca determinar si la presencia de personal armado de civil formaba parte de un esquema operativo previamente planificado por las autoridades policiales y políticas o si constituyó una actuación irregular que excedió las órdenes impartidas. Esa distinción es central: si existió autorización previa, la discusión deja de concentrarse en un posible exceso policial y pasa a examinar la legalidad del diseño estratégico del operativo.

De acuerdo con la presentación, unas 820 personas pertenecientes a la Policía Federal, Gendarmería y Prefectura participaron del despliegue en las inmediaciones del Congreso. El escrito sostiene que la manifestación comenzó de manera pacífica y que la escalada de tensión se produjo cuando las fuerzas avanzaron sobre los sectores ocupados por los manifestantes, utilizando gases irritantes, proyectiles de goma, camiones hidrantes y desplazamientos físicos de personas.

Uno de los aspectos más delicados señalados por la denuncia es la afectación de trabajadores de prensa. El escrito menciona a una fotógrafa que sufrió un traumatismo craneal y sostiene que existen registros audiovisuales de otros periodistas, fotógrafos y camarógrafos que habrían recibido impactos de proyectiles mientras cubrían los hechos. Desde una perspectiva crítica, este punto resulta especialmente relevante porque la protección de la actividad periodística constituye un indicador clave para evaluar la proporcionalidad y legalidad de los operativos de seguridad en contextos de protesta social.

La presentación también coloca a Monteoliva en el centro de la discusión institucional. No le atribuye una responsabilidad automática por cada acción de un efectivo, pero sostiene que, como máxima autoridad política del área, debe investigarse si desde el Ministerio de Seguridad se impartieron, autorizaron o toleraron directivas incompatibles con las normas que regulan el uso de la fuerza. La Ley de Seguridad Interior asigna al ministerio la conducción política del esfuerzo policial federal, lo que convierte la cadena de decisiones previas y posteriores al operativo en un elemento central de la investigación.

La pregunta que atraviesa todo el expediente es simple pero políticamente explosiva: ¿quién autorizó la participación de policías de civil armados en una manifestación pública? La denuncia exige que el Ministerio informe si esa modalidad estaba prevista, cuál era su finalidad operativa y si esos agentes estaban habilitados para portar y eventualmente utilizar armas de fuego durante la protesta.

En el caso de Gauna, se solicita conocer si efectivamente estaba asignado al operativo, cuál era su función específica, quién era su superior inmediato y qué autoridad autorizó su intervención. También se requiere información detallada sobre el arma que habría portado, su calibre, número de serie, munición entregada y eventuales registros de disparos efectuados durante la jornada.

El expediente incorpora además un elemento normativo relevante: la Resolución 125/2024 del Ministerio de Seguridad, que regula el empleo de armas por parte de las fuerzas federales. Esa reglamentación establece que las armas de fuego sólo pueden utilizarse cuando otros medios no violentos resulten ineficaces y bajo circunstancias estrictamente determinadas. Por eso, la discusión jurídica no se agota en la vestimenta civil del agente, sino en si se cumplieron las condiciones sustantivas y formales exigidas para recurrir al uso de la fuerza letal o potencialmente letal.

Los delitos mencionados en la denuncia incluyen abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, vejaciones y apremios ilegales, además de la eventual omisión de actos propios de la función pública. En términos políticos, la acumulación de figuras penales refleja un cuestionamiento más amplio: si el operativo respetó los límites constitucionales y legales que regulan la actuación estatal frente a la protesta social.

Para avanzar en esa reconstrucción, Dalbón solicitó una amplia batería de medidas de prueba: entrega del plan operativo completo y sus modificaciones, órdenes complementarias, comunicaciones internas, registros de cámaras corporales, videos de vehículos policiales, imágenes de centros de monitoreo y cámaras de seguridad del Congreso, además de los archivos originales de medios de comunicación que permitan identificar la actuación del personal armado de civil.

Finalmente, la denuncia solicita la citación a declaración indagatoria de Monteoliva y Gauna. Si el juzgado avanza en ese sentido, el caso podría transformarse en una investigación de alto impacto institucional, porque pondría bajo escrutinio no sólo la conducta de un efectivo federal, sino la responsabilidad política en la planificación y control de los operativos de seguridad desplegados frente al Congreso.

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