14 de junio de 2026

Cristina Kirchner no podrá votar en octubre

El tribunal fundamentó su decisión en precedentes como “Procuración Penitenciaria” y “Orazi”, que señalan que corresponde al Congreso dictar una ley específica sobre la participación electoral de personas condenadas.

La Cámara Nacional Electoral resolvió revocar la habilitación que permitía a la expresidenta Cristina Kirchner ejercer su derecho al voto en las elecciones legislativas de octubre.

El 18 de julio pasado, la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, había declarado inconstitucionales los artículos del Código Penal y del Código Nacional Electoral que inhabilitan a quienes tienen condena firme por delitos dolosos. En consecuencia, había dispuesto mantener a Kirchner en el padrón electoral, pese a la condena a seis años de prisión en la causa Vialidad.

La magistrada se basó en el fallo “Zelaya” de 2022, en el que la Cámara de Casación sostuvo que esas restricciones vulneraban derechos fundamentales como el sufragio, la igualdad y la dignidad humana.

Sin embargo, los jueces Daniel Bejas, Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía revocaron la resolución de Borruto, al considerar que no corresponde a los magistrados habilitar de oficio el voto de condenados en ausencia de una norma legislativa clara. En ese sentido, recordaron que la regulación de estos casos debe ser definida por el Congreso.

El tribunal también tuvo en cuenta que el fiscal electoral Ramiro González había solicitado excluir a Kirchner del padrón de Santa Cruz. Finalmente, concluyó que la jueza de primera instancia actuó sin pedido del Ministerio Público ni de la interesada y que no analizó la viabilidad jurídica ni fáctica de la medida, motivo por el cual correspondía dejar sin efecto su fallo.

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