Mate al volante: qué dice la ley nacional y en qué provincias está prohibido
Más allá de la multa, el debate de fondo apunta a la seguridad vial. Tomar mate al volante puede parecer un gesto mínimo, pero implica distracción y reducción del control del vehículo, factores que aumentan el riesgo de accidentes. En ese sentido, las normas provinciales reflejan una tendencia a priorizar la prevención por sobre las costumbres arraigadas, especialmente en rutas donde las consecuencias de un error pueden ser graves.

Un accidente reciente protagonizado por una pareja que viajaba hacia la Costa Atlántica volvió a poner en discusión una práctica cotidiana para muchos argentinos: tomar mate mientras se conduce.
Aunque culturalmente está naturalizada, la acción abre un debate legal y de seguridad vial sobre los límites entre las costumbres y la conducción responsable en rutas nacionales y provinciales.
La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 no prohíbe de manera explícita tomar mate al volante. Sin embargo, establece un principio clave: el conductor debe circular “con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo”. Este concepto amplio deja margen a la interpretación de los agentes de tránsito, quienes pueden considerar que cebar, recibir o tomar mate implica retirar al menos una mano del volante y distraer la atención, afectando ese “dominio efectivo”.
En la práctica, esto significa que, aun sin una prohibición directa a nivel nacional, un conductor podría ser sancionado si la autoridad considera que la conducta pone en riesgo la seguridad vial. La situación se vuelve más clara cuando se analizan las normativas provinciales, ya que algunas jurisdicciones avanzaron con regulaciones específicas.
En Mendoza, por ejemplo, el decreto 326/18 de la Ley 9024 considera tomar mate al volante como una falta grave. La norma establece que el conductor solo puede retirar ambas manos del volante para cambiar de marcha; cualquier otra acción, como cebar o beber mate, es sancionable. La multa puede alcanzar las 1000 unidades fijas, que a partir de 2026 equivaldrán a $500.000, una cifra que busca desalentar fuertemente esta conducta.
Córdoba, en tanto, incluye el consumo de mate dentro de las sanciones por “manejo inseguro”. La normativa provincial equipara esta práctica a fumar mientras se conduce, entendiendo que ambas generan distracciones. En este caso, la multa es de 20 unidades fijas, que hoy representan alrededor de $33.920.
El análisis muestra una diferencia clara entre la legislación nacional y las provinciales: mientras la primera se apoya en criterios generales de seguridad y deja margen a la interpretación, algunas provincias optaron por prohibiciones explícitas y sanciones concretas. Esto obliga a los conductores a informarse antes de viajar, ya que una costumbre aceptada en una jurisdicción puede convertirse en una infracción grave en otra.
