La Justicia frena el protocolo antipiquetes y cuestiona la estrategia de seguridad del Gobierno
La decisión judicial no solo invalida una herramienta clave de la estrategia de seguridad del Gobierno, sino que también reabre el debate sobre cómo compatibilizar el derecho a la protesta social con las obligaciones del Estado de garantizar la libre circulación, sin avanzar sobre derechos fundamentales ni profundizar desigualdades estructurales.

Un fallo judicial significó un nuevo golpe para el Gobierno nacional al declarar la nulidad del protocolo antipiquetes impulsado por Patricia Bullrich desde el Ministerio de Seguridad en diciembre de 2023.
La decisión fue adoptada por el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, en respuesta a un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
En su resolución, el magistrado sostuvo que el protocolo vulnera principios esenciales de la Constitución Nacional, especialmente aquellos vinculados a las garantías individuales, el derecho a la defensa y los límites de la intervención estatal. Cormick recordó que la Carta Magna protege a los ciudadanos de detenciones arbitrarias y de la imposición de obligaciones que no estén expresamente previstas por la ley, subrayando que el accionar del Estado no puede avanzar sobre derechos sin respaldo normativo claro.
Uno de los puntos centrales del fallo es la crítica al carácter sancionatorio del protocolo. Según el juez, la medida administrativa habilitaba represalias que no se encuentran contempladas en ninguna norma legal, afectando de manera directa a sectores socialmente vulnerables. En este sentido, el fallo retoma los argumentos de las organizaciones demandantes, que calificaron el esquema como extorsivo y desproporcionado, ya que condicionaba el acceso a políticas de protección social como forma de castigo frente a la participación en protestas.
El protocolo anulado habilitaba la intervención directa de las fuerzas federales —sin orden judicial previa— ante cualquier corte o bloqueo, estableciendo mecanismos de identificación de manifestantes, organizadores y medios de transporte, además de posibles sanciones como la incautación de vehículos. También contemplaba acciones específicas ante daños ambientales y la participación de menores de edad en las protestas.
Desde una mirada más amplia, el fallo expone las tensiones entre la política de “orden público” promovida por el Ejecutivo y los límites que impone el marco constitucional.
