Especialistas analizaron escenarios ante la baja de punibilidad de menores en conflicto con la Ley Penal
La actividad fue un espacio para pensar y debatir los principales desafíos que plantea la justicia penal juvenil, promoviendo el intercambio de experiencias y perspectivas sobre respuestas institucionales frente a una problemática de permanente actualidad.

El Dr. Eduardo Llugdar, vicepresidente primero del Superior Tribunal de Justicia y la Dra. Matilde O´Mill, ministra de Justicia y DD. HH. de la provincia, fueron los expositores en el Conversatorio «Ley Penal Juvenil. Escenarios ante la baja de punibilidad. Alternativas a la pena de prisión».
La actividad se concretó en el Salón Auditorio «Dr. Amancio Alcorta» de la Universidad Católica de Santiago del Estero, a la que asistieron el titular del Ministerio Público de la Defensa, Dr. Enrique Billaud; la Dra. Erika Casagrande Valdueza y el Dr. Gastón Merino, jueces de Control y Garantías con vompetencia penal juvenil; el subsecretario de Justicia, Dr. Ramiro Santillán; el decano de la Facultad de Ciencias Políticas, Sociales y Jurídicas de la Ucse, Dr. Gabriel Ávila; autoridades académicas; legisladores provinciales y funcionarios de la Municipalidad de la Ciudad Capital, docentes y estudiantes.
En su alocución, el integrante del STJ santiagueño, señaló que «nos encontramos en un mundo de transición, donde hay muchos académicos que dicen que por fin se ha terminado con una normativa heredada del gobierno cívico- militar. Sabemos bien que la ley 22.278 fue producto de un decreto ley de los tiempos de la dictadura de 1976, por una necesidad que ellos mismos provocaron y bajaron la edad de imputabilidad a los 14 año; como no pudieron manejar esa baja de punibilidad, fueron ellos mismos quienes la subieron a 16 años».
Al avanzar en ese concepto, dijo: “cuando la Corte Interamericana se pronunció en el caso «Mendoza c/Argentina», dijo que no se podía prisiones perpetuas a menores de 18 años y si leemos con profundidad el fallo, vemos que es bueno tener una ley que justamente, había puesto la edad mínima de punibilidad en 16 años.”
En esa línea de pensamiento, el magistrado expresó que «como nunca la hacemos completa en Argentina, vamos a dejar atrás esa ley de tendencia tutelar, para entrar en una ley que al comienzo de leerla, la Ley 27.801, entra con esos claro- oscuros, porque empieza dando lineamientos como si quisiera adecuar a los estándares internacionales, habla de una multiplicidad de cuestiones que parecería que a medida que se desarrolle iría profundizando los cambios que se esperan en ese deber de debida diligencia que nos impone al país, ser Estado parte de tratados internacionales».
Asimismo, remarcó que «eso es un problema para Argentina porque es un retroceso, no es un capricho el tema de la edad. Adolescente, viene de la palabra de alguien que adolece, que le falta algo, y en caso de los niños, niñas y adolescentes (NNyA), le falta el desarrollo en función de su edad. Justamente lo que le falta es el desarrollo psíquico de su mente y lo dice con claridad la Observación General 24, cuando marca la edad mínima que le impone a aquellos países que quieren estar con adecuación convencional en sus sistemas penales juveniles».
«Los tiempos de los jóvenes, prosiguió, no son los tiempos de los adultos, entonces cuando hablamos que el Estado tenga que intervenir por delitos que pueden ser inclusive graves, nos encontramos con ese dilema, ¿que hacemos con la Justicia Penal Juvenil?”.
Para concluir, el presidente honorario de la Red Latinoamericana de Estudio e Investigación de Derechos Humanos y Humanitario, reflexionó: «Empieza a aparecer también esa sensación de inseguridad por un hecho grave que cometió un NNyA, como excepción a la cantidad. Si comparamos los porcentuales de los que cometen los delitos, eso nos lleva a que muchas veces se transmita a la opinión pública, confusas ideas de que la única forma de terminar con esto es que a esos NNyA, se los excluya, ya no se los considere niños y ese es un grave error».
En tanto, la Dra. O´Mill, refiriéndose a la temática, aseveró que «en la cuestión de los adolescentes en conflictos con la la ley penal, interviene tanto el Poder Judicial, que va a determinar la responsabilidad del NNyA que está en conflicto, va a garantizar el debido proceso penal, los derechos, va a determinar una sanción o no y es el Poder Ejecutivo que tiene a cargo, transformar esa decisión en una oportunidad para ese adolescente».
“Considero que como sociedad, agregó, tenemos oportunidad cuando tenemos un emergente, el caso de un adolescente que cometió un delito, para intervenir de una manera positiva”.
Cabe destacar que la actividad fue declarada de interés legislativo, social y cultural por la Cámara de Diputados de la Provincia y de interés municipal, social y cultural por el Concejo Deliberante de la Municipalidad Capital.
