21 de mayo de 2026

El Gobierno desregula el servicio de correos, promoviendo la competencia y el acceso al mercado

El Gobierno nacional oficializó la desregulación del servicio de correos mediante el Decreto 1005/24, publicado hoy en el Boletín Oficial. La medida, que busca fomentar la libre competencia y reducir la burocracia en el sector postal, fue anunciada previamente por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien destacó que la «sobrerregulación» había generado barreras de ingreso al mercado, resultando en un servicio de menor calidad y precios más altos para los usuarios.

El decreto cuenta con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. Según el texto oficial, la norma tiene como objetivo «promover la libre competencia y la eliminación de decisiones burocráticas que restringen la oferta de bienes y servicios».

Sturzenegger, en sus declaraciones a través de su cuenta en la red social X, explicó que el correo ya no se considera un servicio estratégico y que, por lo tanto, cualquiera podrá participar en este mercado sin las restricciones previas. Citando ejemplos históricos, el ministro recordó cómo el monopolio del correo, establecido durante el gobierno de Onganía, limitaba el acceso a la información, en contraposición a la apertura promovida en los años ’90 con el Decreto 1187/93 de Domingo Cavallo, que había comenzado a liberalizar el sector, aunque seguían existiendo complicaciones administrativas.

«Con el Decreto 1005/24, cualquier persona jurídica que desee manejar correo podrá hacerlo, sin necesidad de habilitaciones complicadas ni comprobaciones de vehículos. Esto significa que tanto empresas como particulares podrán involucrarse en la mensajería urbana, facilitando el desarrollo del comercio electrónico», enfatizó Sturzenegger.

Además, el nuevo marco normativo permitirá la digitalización de telegramas y documentos certificados, integrando beneficios de la firma digital remota en el negocio postal. «Esperamos que esto abra un nuevo y atractivo mercado, generando ingresos adicionales para comercios, canillitas, remiseros y operadores de plataformas», concluyó el ministro.

Con esta desregulación, el Gobierno espera no solo mejorar la calidad del servicio postal, sino también fomentar la innovación y el crecimiento del comercio electrónico en el país. Las reacciones del sector privado y de los usuarios se irán conociendo en los próximos días, a medida que se implementen las nuevas disposiciones.

Los principales puntos del decreto:

El Decreto 1005/24 del Gobierno define varias cuestiones del servicio postal:

  • Actividad del mercado postal: comprende todas las actividades relacionadas con la admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de correspondencia y paquetes de hasta 50 kg, tanto a nivel nacional como internacional. Incluye también a las empresas de mensajería y couriers.
  • Definiciones de usuario, remitente y destinatario: establece quiénes son los usuarios (quienes usan los servicios postales), los remitentes (quienes envían paquetes o correspondencia) y los destinatarios (quienes reciben los envíos).
  • Etapas del proceso postal: define términos como imposición, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de envíos postales.
  • Tipos de servicios postales: Servicio Postal Universal: Incluye cartas simples y telegramas de hasta ciertos límites, y debe estar garantizado por una empresa designada. Envío postal: Incluye cartas, encomiendas y cualquier otro producto autorizado para envío, sujeto al secreto postal. Courier y encomiendas: Permite envíos de hasta 50 kg, incluyendo envíos transfronterizos.
  • Envíos especiales: define servicios como giros postales, carta documento, telegrama, y servicio electoral.
  • Otros términos específicos: Estándar de entrega: es el tiempo prometido para realizar la entrega, que se computa desde la admisión hasta el primer intento de entrega. Prestadores de servicios postales: Incluye tanto personas jurídicas (que pueden brindar todos los servicios) como personas humanas (solo para mensajería urbana). Operador postal designado: Será el encargado de cumplir los compromisos de Argentina con la Unión Postal Universal y de ofrecer el servicio postal universal.
  • También establece el marco de confidencialidad y protección de datos personales de los usuarios, y regula aspectos operativos de las actividades postales, como el rol de los generadores de envíos y los puntos de entrega.

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