27 de agosto de 2026

El gobierno avanza en el ingreso de las SAD en los clubes de fútbol

El Gobierno dio un nuevo paso este miércoles en la integración de las sociedades anónimas deportivas (SAD) al fútbol argentino. A través de una resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ), se establecieron los procedimientos necesarios para permitir el ingreso de capitales privados en las asociaciones civiles deportivas, detallando los requisitos de votación, documentación y obligaciones para clubes e inversores.

La Resolución General 18/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial y firmada por el titular de la IGJ, Daniel Vítolo, regula cómo las asociaciones civiles pueden transformarse en sociedades anónimas.

Esta medida sigue al decreto emitido la semana pasada, que otorgó un año a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) para adaptar sus estatutos y permitir la afiliación de sociedades anónimas, una medida que actualmente no está contemplada.

La resolución estipula que las asociaciones civiles que deseen transformarse en sociedades anónimas deberán presentar una serie de documentos ante la IGJ, incluyendo la escritura pública de transformación, el nuevo estatuto social, y la lista de asociados que se convertirán en accionistas, así como los nuevos inversores que se sumen.

La toma de decisiones sobre la adquisición de acciones de las sociedades anónimas deberá ser aprobada por una asamblea extraordinaria con una mayoría de dos tercios de los asociados presentes. Esta asamblea también podrá delegar en el órgano de administración la decisión sobre los detalles de la participación en estas sociedades.

El capital social mínimo de las nuevas sociedades anónimas deberá igualar el patrimonio neto resultante del balance especial de transformación. Aunque es posible fijar un capital social inferior, siempre que se cumpla con el mínimo requerido para el tipo de sociedad anónima, cualquier diferencia deberá ser destinada a una reserva especial.

Además, la resolución amplía la autorización otorgada por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que permite a las asociaciones civiles y entidades sin fines de lucro participar en sociedades anónimas. Esta autorización abarca tanto la adquisición de acciones en sociedades anónimas ya existentes, como la creación de nuevas sociedades anónimas con múltiples accionistas o Sociedades Anónimas Unipersonales (SAU) en las que la entidad civil sea el único accionista.

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