4 de noviembre de 2026

Caso ANDIS: Spagnuolo reconoció su voz, ahora Gendarmería señaló que no pudo validar los audios

La pregunta no se reduce a quién dice la verdad. El punto decisivo es determinar qué puede probarse con evidencia verificable. Spagnuolo reconoció su voz, mientras que Gendarmería no consiguió certificar la autenticidad de los archivos. Resolver esa aparente contradicción exigirá distinguir entre la identidad vocal, la integridad de las grabaciones y la existencia de pruebas independientes sobre los hechos denunciados.

Una pericia oficial detectó irregularidades técnicas en las grabaciones que desataron el escándalo por presuntos sobornos en la compra de medicamentos.

Aunque el exfuncionario había reconocido que la voz era suya, los especialistas no pudieron certificar la autenticidad del material ni atribuir técnicamente las voces a los imputados. La controversia abre nuevos interrogantes sobre la prueba central de la causa.

El expediente judicial por las presuntas irregularidades en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) sumó un elemento que vuelve a poner bajo la lupa el origen y la validez de las grabaciones que dieron impulso al escándalo.

Un peritaje de la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería Nacional concluyó que no fue posible confirmar la autenticidad de los audios atribuidos a Diego Spagnuolo, exdirector del organismo.

El resultado introduce una diferencia fundamental en el debate público: reconocer una voz no equivale a certificar que una grabación sea original, íntegra y fiel a la conversación que supuestamente reproduce.

Según la información difundida sobre el estudio, los especialistas detectaron características compatibles con una regrabación, cortes, discontinuidades e inconsistencias acústicas que no se corresponden con un registro continuo.

El informe también señaló que las limitaciones técnicas impedían establecer de manera concluyente el origen de los archivos. Entre los factores considerados figura la interrupción de la cadena de custodia antes de que el material llegara a la instancia pericial, una circunstancia que dificulta verificar si las grabaciones fueron preservadas sin alteraciones.

A partir de esos problemas, los expertos no pudieron descartar una eventual manipulación ni determinar si se habían utilizado herramientas de inteligencia artificial para modificar o generar voces. Tampoco lograron atribuir técnicamente las voces a las personas imputadas.

Reconocer la voz significa admitir la autenticidad del audio

Uno de los puntos centrales de la controversia es que, semanas atrás, Spagnuolo había reconocido que la voz de las grabaciones era la suya.

Sin embargo, esa admisión no resuelve por sí sola las dudas planteadas por la pericia: una persona puede reconocer su voz y, al mismo tiempo, cuestionar la integridad, la edición o el contexto de los archivos difundidos.

Por eso, el resultado técnico tampoco permite concluir automáticamente que los audios sean falsos. Lo que establece, según los datos difundidos, es que no pudieron ser autenticados de manera concluyente con el material y las condiciones disponibles. La diferencia es relevante tanto para la investigación judicial como para la interpretación política del caso.

Las grabaciones se conocieron en el marco de una investigación sobre un presunto esquema de cobro de sobornos a prestadores y droguerías vinculados con la adquisición de medicamentos.

En algunos fragmentos difundidos públicamente se mencionaba a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia y hermana del presidente Javier Milei. No obstante, según la información publicada por Infobae, ella no se encontraba imputada en esta causa.

La difusión de esos audios había instalado sospechas sobre posibles irregularidades en la contratación y compra de medicamentos, con repercusiones políticas para el Gobierno nacional. Ahora, las limitaciones señaladas por Gendarmería obligan a examinar con mayor rigor qué valor probatorio puede asignárseles y qué elementos independientes existen para respaldar las hipótesis investigadas.

La pericia no cierra la causa, pero obliga a revisar la prueba

La investigación continuará bajo la órbita del juez federal Ariel Lijo, quien deberá evaluar el informe, determinar su alcance y disponer las medidas que considere necesarias para esclarecer los hechos.

La imposibilidad de validar las grabaciones no implica que toda la causa pierda sustento ni que las presuntas irregularidades hayan quedado descartadas.

Para establecer responsabilidades será necesario contrastar el contenido de los audios con documentación, testimonios, registros administrativos y otras evidencias que puedan corroborar o refutar las hipótesis bajo investigación.

Desde una perspectiva institucional, el caso también expone la importancia de preservar adecuadamente las pruebas digitales y garantizar procedimientos periciales que permitan verificar su origen e integridad. Sin esas condiciones, una grabación puede tener un fuerte impacto mediático y político, pero su utilidad judicial queda sujeta a cuestionamientos.

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