19 de noviembre de 2025

Destituyen e inhabilitan a la jueza Julieta Makintach por irregularidades en el caso Maradona

La destitución de Makintach se convierte así en un recordatorio de la responsabilidad que recae sobre los magistrados en contextos donde la exposición mediática puede tensionar los principios fundamentales del sistema judicial.

La destitución de la jueza Julieta Makintach, resuelta de manera unánime por el Jurado de Enjuiciamiento bonaerense tras seis audiencias, marca un hecho inusual y de alto impacto institucional dentro del Poder Judicial de la provincia.

La decisión de removerla e impedirle volver a ocupar cargos judiciales no solo responde a irregularidades procesales, sino también a su participación en un documental que registraba el juicio por la muerte de Diego Armando Maradona, procedimiento que finalmente debió ser anulado.

Este elemento, central en las acusaciones, fue interpretado como una vulneración a los deberes de imparcialidad y reserva que exige el ejercicio de la magistratura.

La sentencia, leída en el Anexo de la Cámara de Senadores bonaerense, refleja la sintonía entre los organismos acusadores: tanto la Fiscalía como el Colegio de Abogados de San Isidro habían pedido la destitución, mientras que la defensa había reclamado la absolución y la aceptación de la renuncia presentada por Makintach. El rechazo a esa salida negociada evidencia la voluntad del jurado de dejar un precedente contundente frente a conductas consideradas incompatibles con el rol judicial.

La presencia de Verónica Ojeda, su hijo Diego Fernando y Mario Baudry, representante legal en la causa Maradona, aportó un componente simbólico adicional. La audiencia se transformó así no solo en un acto institucional, sino también en una instancia de interés público ligada al caso que mantiene vigente la discusión sobre responsabilidades judiciales y mediáticas alrededor de la muerte del exfutbolista.

La lectura del fallo, a cargo del Dr. Ulises Giménez, detalló las causales previstas en el artículo 21 de la ley 13.661, subrayando la gravedad de las conductas atribuidas a la magistrada del Tribunal en lo Criminal Nº 2 y subrogante del Nº 3 de San Isidro. La unanimidad del jurado refuerza la idea de que las irregularidades apreciadas superaron los márgenes de tolerancia institucional y justificaron una sanción extrema.

El caso abre además un debate más amplio acerca de los límites entre la justicia y los medios, así como sobre la necesidad de preservar la integridad de los procesos penales en causas de alto perfil público.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *