27 de marzo de 2023

Varias actividades vuelven a funcionar a partir del martes 19

La jefatura de Gabinete de Ministros informó que desde el martes 19 de mayo próximo volverán nuevas actividades a la provincia de Santiago del Estero, tras el aislamiento obligatorio por el coronavirus.

En tal sentido todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio de Covid-19. Esto es, el uso obligatorio del barbijo y las medidas estrictas de distanciamiento.

Las actividades y servicios que seguidamente se detallan vuelven el martes 19:

►Actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas, de lunes a domingos de 9 a 14 hs.

►Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios, de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

►Empresas de mudanzas, previa autorización en la que deberá consignar si se trata de flete o mudanza y el vehículo, con un máximo de DOS (2) personas por vehículo, de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

►Actividad de entrenamiento de pilotos, desarrollada a través de vuelos privados, en aeroclubes y en escuelas de vuelo, con la finalidad de sostener los estándares de instrucción y de seguridad operacional; con un máximo de DOS (2) personas por aeronave, las cuales deberán usar tapabocas y mantener la debida distancia entre ellas, con el fin de minimizar los riesgos de contagio, de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

►Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.

►En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios y adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto.-

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